«Violencia vicaria»: La definición del ministro de seguridad sobre la balacera y fuga en Corrientes

Adán Gaya, calificó como un caso de “violencia vicaria” la situación que involucró al niño «N», de 6 años, tras su hallazgo en un área rural ubicada entre Goya y Esquina luego de dos días de intensa búsqueda.

Durante una conferencia de prensa, el funcionario describió el hecho como una “situación aberrante” y confirmó que el padre del menor fue localizado. “Hemos encontrado al autor de tentativa de homicidio y prófugo, que es el padre”, afirmó.

«Claramente este es un caso de violencia, en el que los progenitores utilizan a sus hijos para ejercer poder sobre sus parejas», aseguró el funcionario en relanción al padre, el cual fue detenido por «tentativa de homicidio».

En relación al estado del niño, Gaya informó que se encuentra en buen estado de salud tras los primeros controles realizados por el equipo médico y fue entregado a su madre. Además, indicó que será trasladado al área de pediatría del Hospital San Roque para una evaluación más completa.

Según la I.A. (Inteligencia Artificial) del sitio Copilot, La violencia vicaria en Argentina es un tipo de violencia de género en la que los hijos son utilizados como instrumentos para dañar a la madre.

Se define como aquella que se ejerce sobre los hijos con el objetivo de dañar a la mujer, siendo los niños y niñas víctimas indirectas de la agresión hacia la madre. Este tipo de violencia se realiza por interpósita persona, generalmente los hijos, y busca que la mujer no pueda recuperarse emocionalmente del daño infligido a sus hijos.

Según Bárbara Porter, existen siete tipos de violencia vicaria directa: física, psicológica, sexual, económica, judicial, vincular y negligencia o abandono.

En Argentina, la violencia vicaria aún no está tipificada en el Código Penal, aunque se han presentado proyectos en el Congreso y en legislaturas provinciales para incorporarla dentro de la Ley 26.485 de protección integral a las mujeres.

A pesar de ello, los jueces han comenzado a reconocerla en el ámbito civil y de familia, especialmente en casos de régimen de comunicación y custodia, considerando el interés superior del niño y la perspectiva de género.

Un ejemplo emblemático es el caso «S., J.I. c. A., E.D. s/ régimen de comunicación», donde la jueza de paz de Villa Gesell rechazó la solicitud de contacto del padre con su hijo, reconociendo que obligar al niño a revincularse constituiría un acto de violencia institucional y un riesgo para su salud emocional y física.

La violencia vicaria suele presentarse tras separaciones, divorcios o denuncias de violencia de género, cuando el agresor busca recuperar control sobre la víctima. Se manifiesta mediante amenazas, manipulación, secuestro de hijos, o incluso en casos extremos, homicidios de menores como forma de agresión máxima. Los efectos incluyen daño psicológico severo en los niños y en la madre, escalando otras formas de violencia como la física, económica y emocional.

La violencia vicaria es considerada una violación de derechos humanos y un problema de salud pública, ya que afecta la salud mental de madres e hijos. Su reconocimiento judicial está en crecimiento, pero enfrenta desafíos legales y sociales para su prevención y sanción efectiva, incluyendo la necesidad de formación judicial y protocolos claros para proteger a las víctimas.

En resumen, la violencia vicaria en Argentina es un fenómeno complejo que combina la violencia de género con el daño a menores, y su abordaje requiere perspectiva de género, protección del interés superior del niño y reformas legales que la tipifiquen y sancionen adecuadamente.

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